El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5 ordenó que el exfutbolista Carlos Tévez pague el Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia, conocido como el impuesto a las grandes fortunas, al cual se había negado a abonar argumentando que éste era confiscatorio.

El tribunal rechazó la medida cautelar presentada por Tévez contra el pago único de la alícuota. Según el fallo, el impuesto es viable para dar respuesta a las necesidades públicas en particular en el contexto de crisis sanitaria y económica actual.

Tevez había alegado el tributo es "confiscatorio, dado que el aporte que debe realizar representa una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020, es decir, absorbe el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos".

Con ese argumento, el futbolista presentó una medida cautelar y pidió la suspensión de las obligaciones formales y sustanciales derivadas de la aplicación de la ley 27.605 y sus normas reglamentarias.

Sin embargo, para el tribunal, "el asunto que se trae a conocimiento del tribunal excede ostensiblemente el instituto cautelar, en tanto las cuestiones planteadas requieren un estudio más profundo del que aquél autoriza y demandan una mayor amplitud de debate y prueba".

"Para decretar la suspensión de los efectos de un acto general o particular debe acreditarse sumariamente que el cumplimiento o la ejecución del acto ocasionará perjuicios graves de imposible reparación ulterior, situación que no ha sido acreditada en el presente", estableció el tribunal.

Tévez cuenta con más de $ 200 millones declarados y, por lo tanto, pertenece a las 13.000 familias más opulentas de Argentina.